El tribunal constitucional ha rechazado el recurso del gobierno sobre la ley de la Región de Murcia sobre autoconsumo lo que facilita el camino para instalaciones de autoconsumo sin peajes. Te contamos en que beneficia esto y que pasos se deben dar ahora.

El artículo 20 bis de la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la  Región de Murcia establecido tras su modificación mediante la Ley 11/2015, de 30 de marzo dice, textualmente:

  1. Las instalaciones previstas para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables cuya finalidad sea la producción de energía eléctrica, sobre las que quede acreditado el consumo de la totalidad de la energía producida, así como la ausencia de conexión eléctrica con la red del sistema eléctrico, bien mediante el aislamiento físico o bien mediante medios técnicos que produzcan un efecto equivalente al mismo, podrán ser consideradas como instalaciones aisladas del sistema eléctrico

Es decir, que las instalaciones con vertido cero serán consideradas instalaciones aisladas de la red y tramitadas como tales, no siguiendo el RD 900/2015 ni su enfarragosa tramitación.

Además, no tendrá que pagar ningún tipo de peaje por la energía autoconsumida, aumentando la rentabilidad de las instalaciones de más de 10 kWp, para pequeñas y medianas empresas.

Concluyendo, se llega al punto que algunas comunidades habían detallado sobre la tramitación de estas instalaciones antes de la publicación de la presente normativa estatal, tramitando estas instalaciones que garantizan el no vertido a red según la ITC-BT-040, lo cual implica un único paso para su legalización, pese a que en principio contradice el RD 900/2015 que dice:

j) Instalación aislada: aquella en la que no existe en ningún momento capacidad física de conexión eléctrica con la red de transporte o distribución ni directa ni indirectamente a través de una instalación propia o ajena. Las instalaciones desconectadas de la red mediante dispositivos interruptores o equivalentes no se considerarán aisladas a los efectos de la aplicación de este real decreto.

Ahora, con este fallo del Tribunal Constitucional, todas las comunidades autónomas que apuesten por el autoconsumo y el cambio del modelo energético deben de seguir la estela del gobierno murciano y publicar una ley o, por lo menos, un procedimiento, donde se indique este tipo de instalaciones donde no se vierte nada a la red se consideren instalaciones aisladas de la misma y permitan la conexión de estas instalaciones de manera sencilla.

Por otro lado, esperemos que el nuevo gobierno que se forme a partir del 26 de junio, deje de lado a señores tan funestos para el desarrollo de unas tecnologías que pueden permitir un desarrollo industrial y energético que genera puestos de trabajo de calidad  independencia energía como el secretario de estado de energía, Alberto Nadal, que, pese a que todos los países de nuestro entorno, algunos más rápido que otros, se dirigen a conseguir un 100% de energías renovables, se le ocurre decir que este objetivo nunca será posible y a defender al gas natural para la generación de electricidad, un broche de oro para un ministerio, hasta hace poco dirigido por una persona implicada en asuntos turbios transoceánicos y que parecen preparar oposiciones para su desembarco a empresas como Gas Natural o Iberdrola.