Nuevo borrador autoconsumo. Propuesta alternativa

Mucho se habla sobre el autoconsumo, desde hace mucho tiempo, y desde este fin de semana también del nuevo borrador de autoconsumo, que sigue teniendo cosas malas, pero donde han corregido algún aspecto.Nuevo borrador de autoconsumo

Desde el ministerio, en su afán de notoriedad o de no sé qué, han elaborado un documento enfarragoso, largo y, muchas veces, indescifrable.

No para de hablar de la contribución al sistema de las instalaciones de autoconsumo, y corta con los rápidos trámites para instalaciones sin vertido que ya hay en algunas comunidades autónomas, lo cual no tiene ningún sentido.

Según voy leyendo, tendré que leerlo muchas veces para entenderlo de todo, dividen en dos tipos de instalaciones, las instalaciones de menos de 100 kW sin vertido, que son las tipo a) del punto 2, y las que tendrán una parte importante de vertido ya sean mayores o menores de 100 kW, putos b) y c) del mismo punto.

Se habla de los peajes por potencia y por energía vertida, así como que los suministros auxiliares de generación, en los puntos b) y c) deben tener contratos independientes, es decir, más peajes, pero según entiendo yo de leer el texto, para instalaciones de suministro con autoconsumo (tipo a) estos peajes no son ninguno adicional al del suministro, sólo que tienes que llegar a un acuerdo con una comercializadora en el mercado libre y no te pagarán nada si viertes electricidad.

En mi opinión, simplificaría mucho el real decreto y lo dejaría en resumen así:

2 tipos de instalaciones:

  1. Instalación de autoconsumo sin vertido a red,  independientemente de la potencia, con límite a la potencia contratada por el consumidor, legalizadas según ITC-BT-40 en Industria, con contador de energía producida y registrada, después de su legalización, en el ministerio de Industria y energía para contabilizar su producción efectiva en razón del cumplimiento de objetivos de renovables. Ningún peaje ni impuesto añadido a los que se pagan por el consumo.

  2. Instalación de autoconsumo con vertido a red. Independientemente de la potencia, registrada como instalación generadora en régimen especial para poder recibir contraprestación por la electricidad vertida a red, la cual se contabiliza mediante un contador bidireccional. Esta energía vertida deberá tener un peaje o impuesto eléctrico igual al que actualmente tienen el resto de instalaciones generadoras de electricidad.
    En estas instalaciones el titular de la central generadora no tendría porque ser el titular del consumo para permitir la actuación de una ESE.
    La potencia de la instalación podría ser superior a la potencia consumida en el suministro, pero siempre será necesaria la autorización de la empresa distribuidora.
    Se debe permitir la posibilidad que una instalación pueda alimentar a más de un titular, como, por ejemplo, comunidades de vecinos o conjunto de naves industriales.
    Dejaría dos opciones para la venta de la electricidad:

    • Venta de la energía a compañía comercializadora, a precio pactado bilateralmente, en una misma factura al consumo.  No sería necesaria dar de alta la actividad económica.

    • Opción de venta en el mercado eléctrico a través de agente de mercado, en cuyo caso deberá darse de alta la actividad en hacienda y facturar de manera independiente, pagando los peajes también directamente al ministerio.

Nuevo borrador de autoconsumo

Los técnicos y los políticos, muchas veces, hacemos textos demasiado difíciles de entender y aplicar,  lo que genera dudas y problemas, debemos, todos y todas, hacer un esfuerzo en simplificar las regulaciones y podemos empezar con el autoconsumo.

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